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Mostrando entradas de junio, 2017

DERECHO COMERCIAL

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  DERECHO COMERCIAL También conocido como derecho mercantil, el derecho comercial es aquel grupo o conjunto de leyes y regulaciones que se establecen en el ámbito económico para controlar justamente el tipo de relaciones o vínculos que se puedan dar entre dos o más partes con fines comerciales y de intercambio económico. El derecho comercial es un tipo de derecho particular que agrupa cuestiones administrativas y legales con procedimientos fiscales y económicos por lo cual es bastante amplio en comparación con otros tipos de derecho más resumidos o delimitados. El derecho comercial se establece sobre la base de que los diferentes miembros de la sociedad llevan a cabo normalmente diversos tipos de intercambio que pueden representar ganancias o lucros. Así, el derecho comercial se interesará por este tipo de intercambios y no por aquellos que no signifiquen algún tipo de ganancia, para regularlos y mantenerlos dentro de los límites de la regulación común para todos. 

DERECHO LABORAL

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  DERECHO LABORAL Se conoce con el nombre de derecho laboral a todo el conjunto de leyes y reglas que tienen por objetivo regular y ordenar los diferentes sistemas laborales que caracterizan al ser humano. A diferencia de lo que sucede con muchos otros conjuntos de leyes, el derecho laboral podría decirse que no cuenta con una base anteriormente consuetudinaria o establecida en torno a costumbre previas ya que surge como resultado de las demandas de los trabajadores y obreros recién entre los siglos XIX y XX. El derecho laboral tiene como objetivo principal establecer y organizar todas las circunstancias, fenómenos y situaciones que se puedan dar en tal ámbito a fin de que la actividad en cuestión pueda desarrollarse de manera segura y apropiada para las dos partes que participan en ella: el trabajador y el empleador. Sin embargo, uno de los principales elementos que busca establecer el derecho laboral es la seguridad para el trabajador ya que el mismo se encuentra en una po

DERECHO CONSTITUCIONAL

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DERECHO CONSTITUCIONAL El derecho constitucional es la rama del derecho público en el cual el ordenamiento jurídico regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que muestra el poder público.  El poder político es la rama jurídica que une todos los ámbitos de estudio del derecho que están relacionadas con el fenómeno político que se encarga de estudiar y dirigir las leyes fundamentales de los derechos humanos, tanto del mando constitucional como del estado. De esta forma, estudian todo lo que sea referente a la forma de estado, que son las diversas expresiones utilizadas en los textos legislativos, en la forma del gobierno son las que hacen la observación del poder constitucional que protege un estado así como los derechos fundamentales y el ordenamiento de los poderes públicos. El derecho constitucional corresponde al derecho público en el cual se afirma en la constitución de un texto jurídico-político que fundamenta el orden

DERECHO ADMINISTRATIVO

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DERECHO ADMINISTRATIVO El derecho administrativo constituye una rama del derecho público interno, la cual se encarga de  regular la administración pública a través de un conjunto de estructuras, normas jurídicas y principios doctrinales.  Esta disciplina del derecho tuvo sus orígenes en Francia, remontándose al año 1789 después de la Revolución Francesa. Su implementación significó el despojo del poder absoluto a la figura del monarca, la división de poderes y el sometimiento del Estado al derecho. El derecho administrativo se caracteriza por ser común y aplicable a todas las actividades relacionadas con la administración pública. Además puede ser un derecho nacional o relacionarse con los derechos provinciales o territoriales, esto depende de la organización del estado que puede ser unitaria o federal. También es característica del mismo su autonomía, pues tiene sus propios principios, doctrinas. El derecho administrativo regula: Ø La organizaci

DERECHO PENAL

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  DERECHO PENAL El Derecho Penal es la rama del derecho público interno relativa a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad, que tiene por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social. Se constituye como un poderoso mecanismo de control social, que permite restringir derechos fundamentales como el de la libertad de las personas. Es a la vez una clara manifestación de la superación del período de venganza primitiva, en el cual el ofendido ejercía justicia por su propia cuenta. Ahora es la sociedad organizada política, jurídica y civilmente, la que cuenta con los medios legítimos para decir qué conductas serán sancionadas y designar a las personas encargadas de administrar justicia. El derecho penal en sí es un conjunto de normas jurídicas que dicta el Estado en ejercicio de su potestad punitiva, para prohibir conductas que se consideran perjudiciales para los bienes fundamentales de la convivencia y el bienestar. Este aspecto convierte

DERECHO CIVIL

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  Derecho civil Se denomina bajo el concepto de derecho civil a un grupo de normas de tipo jurídicas del derecho que se encargan de regular las relaciones entre las personas o de tipo patrimonial, las cuales pueden ser voluntarias o forzosas, tanto físicas o jurídicas, privadas o públicas.  Cada persona es considerada un individuo de derechos, por lo que los derechos civiles se encargan de vincular los derechos civiles con los individuos,  es decir, un sistema de tipo subjetivo que considera a un individuo como un particular y no como una generalidad. El derecho civil es el principal encargado de regular las relaciones de los individuos con sus semejantes y con el Estado. Las normas de este sistema, generalmente, se ven incluidas en un Código civil. El derecho civil consta de varias pautas y normas que lo definen como tal: El derecho de las personas. se encarga de regular desde el inicio al fin a las personas naturales, su  capacidad jurídica, la nacionalidad

DIVISIÓN DEL DERECHO

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DIVISIÓN DEL DERECHO Todo el derecho se divide en tres partes, las cuales incluyen las subdimensiones mencionadas anteriormente: El derecho público : este es el que tiene el objetivo de regular los vínculos entre los individuos, personas físicas, y también a las entidades privadas con los distintos órganos del poder público. Aquí se encuentra el derecho constitucional que es una rama del derecho público, por el cual se definen mediante el estudio y análisis a las leyes que definen la norma de un Estado. También se encuentra el derecho procesal, que es la rama destinada a la aplicación de las normas del derecho. El derecho internacional para regular la conducta de los estados. El derecho penal para determinar qué conductas son las consideradas delictivas. Y el derecho administrativo que tiene el objetivo de la administración pública. El derecho privado: regula las relaciones jurídicas entre las personal, es decir entre agentes que no son de carácter público, sino que

FUENTES DEL DERECHO

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FUENTES DEL DERECHO Las denominadas fuentes del derecho aluden a aquellos preceptos o normas del que se originan las obligaciones y derechos para los individuos y son las siguientes: Ley: esta fuente carece del consentimiento de las personas y es promulgada, dictada y sancionada por las autoridades públicas. Por medio de la ley se intenta orientar a la actividad humana hacia el bien común. Esta es la fuente fundamental dentro del derecho. Jurisprudencia: esta fuente del derecho hace referencia a los fallos emitidos por los tribunales cuando los juicios son sometidos a su resolución y que, sin poseer obligatoriedad, se imponen. Doctrina: esta fuente del derecho se refiere a las opiniones emanadas por estudiosos del derecho. Si bien estas opiniones carecen de obligatoriedad, son citadas constantemente por los jueces, ya sea para fundamentar sentencias y leyes o bien, durante los fallos. Costumbre:  la repetición natural y de forma espontánea de conduct

DERECHO SUBJETIVO Y OBJETIVO

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DERECHO SUBJETIVO Y OBJETIVO DERECHO OBJETIVO: Tiene que ver con todas aquellas normas que regulan el accionar de las personas en el interior de la sociedad y a esta en su totalidad. Dentro del derecho objetivo se puede hablar del: Derecho público: que es aquel orientado a organizar la cosa pública, es decir, a la relación entre los Estados, a los individuos, a las organizaciones públicas y a las relaciones del individuo con la sociedad y  a la sociedad en sí. Derecho privado : aquel que se orienta a las relaciones entre los individuos entre sí para satisfacer necesidades personales. DERECHO SUBJETIVO: Está compuesto por aquellos beneficios, privilegios, facultades y libertades que le corresponden a cada uno de los individuos. Este derecho puede orientarse a la conducta propia y a la ajena.

ETIMOLOGÍA

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ETIMOLOGÍA DERECHO” deriva del latín “directium” que significa ‘directo’, ‘derecho’. Otros dicen que la palabra “Derecho” deriva de “dirigere”, que significaría ‘enderezar’, ‘ordenar’, ‘guiar’

DEFINICIÓN DE DERECHO

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Definición de Derecho   Se entiende por derecho al conjunto de  normas de carácter general que se dictan para dirigir a la sociedad  a fin de solventar cualquier conflicto de relevancia jurídica que se origine; estas normas son impuestas de manera obligatoria y su incumplimiento puede acarrear una sanción. El derecho es normativo, ya que  está constituido por normas obligatorias de conducta ciudadana . Es bilateral porque necesita de la interactividad de dos o más personas. Es coercitivo, porque en caso de incumplimiento, es aplicable la fuerza para obtener la ejecución de la conducta prescrita. Es general, ya que se aplica a todas las personas. Es evolutivo porque se adapta al desarrollo de la vida social.